Sueldo Empleada Doméstica 2023

Mirá como quedó el Sueldo para las diferentes escalas y categorías de Empleada Doméstica, y el valor hora, de acuerdo a la última resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Compartir en Whatsapp
Comparti

Sueldo Empleada Doméstica a partir del 1° de Noviembre de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
197 SUPERVISORA de 2 o más personas 1.581,00 197.252,00 1732,00 219.716,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 1.497,00 183.258,00 1.641,50 203.997,50
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 1.414,00 178.797,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 1.414,00 178.797,50 1581,00 199.251,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 1.311,00 160.791,00 1.414,00 178.797,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldo Empleada Doméstica a partir del 1° de Octubre de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
197 SUPERVISORA de 2 o más personas 1.428,00 178.163,00 1564,50 198.453,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 1.352,00 165.523,50 1.482,50 184.256,00
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 1.277,00 161.494,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 1.277,00 161.494,50 1428,00 179.969,00
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 1.184,00 145.230,50 1.277,00 161.494,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Septiembre de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 1.275,00 159.074,00 1396,00 177.190,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 1.207,00 147.788,50 1.323,50 164.514,00
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 1.140,00 144.191,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 1.140,00 144.191,50 1275,00 160.686,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 1.057,00 129.670,00 1.140,00 144.191,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Agosto de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 1.200,00 149.716,50 1314,00 166.767,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 1.136,00 139.095,50 1.245,50 154.836,50
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 1.073,00 135.709,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 1.073,00 135.709,50 1200,00 151.234,00
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 995.00 122.042,50 1.073,00 135.709,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Julio de 2023

 
Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 1.125,00 140.359,50 1.232,00 156.344,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 1.065,00 130.402,00 1.168,00 145.159,50
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 1.006,00 127.228,00
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 1.006,00 127.228,00 1.125,00 141.782,00
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 932.50 114.415,00 1006,00 127.228,00
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Junio de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 937,50 116.966,00 1026,50 130.287,00
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 887,50 108.668,00 973,00 120.966,00
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 838,00 106.023,00
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 838,00 106.023,00 937,50 118.151,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 777,00 95.345,50 838,00 106.023,00
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Mayo de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 893,00 111.440,00 978,00 124.131,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 845.50 103.534,00 927,00 115.251,00
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 798,00 101.014,00
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 798,00 101.014,00 893,00 112.569,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 740,00 90.841,00 798,00 101.014,00
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Abril de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 841,50 104.993,00 921,50 116.950,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 796,50 97.544,50 873,50 108.583,50
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 752,00 95.170,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 752,00 95.170,50 841,50 106.057,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 697,50 85.586,00 752,00 95.170,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. A partir de  Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde Septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Marzo de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 738,00 92.099,00 808,00 102.588,00
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 698,50 85.565,00 766,00 95.248,50
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 659,50 83.482,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 659,50 83.482,50 738,00 93.032,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 611,00 75.075,00 659,50 83.482,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. En Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Febrero de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 714,00 89.128,00 782,00 99.278,50
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 676,00 82.805,00 741,00 92.176,00
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 638,00 80.709,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 638,00 80.709,50 714,00 90.031,50
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 592,00 72.653,00 638,00 80.709,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. En Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Sueldos Empleada Doméstica a partir del 1° de Enero de 2023

Cat Descripción Con Retiro Sin Retiro
Hora Mensual Hora Mensual
1 SUPERVISORA de 2 o más personas 684,50 85.414,00 749,50 95.142,00
2 Per. P/Tareas Específicas (cocineros) 647,50 79.355,50 710,50 88.335,00
3 CASEROS (Cuidado de vivienda) 611,50 77.423,50
4 Cuidado de Personas  (Ej. niñera) 611,50 77.423,50 684,50 86.280,00
5 Tareas Generales del Hogar (Limpieza) 567,00 69.626,00 611,50 77.423,50
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad

Antigüedad:

Se deberá abonar un adicional del Uno por Ciento (1%), por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. En Septiembre de 2022, ya se debe liquidar al 2%, para aquellas personas que recibían el 1% desde septiembre de 2021.

Adicional por zona Desfavorable:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Resolución CNTCP N° 4/2022– del 30/08/2022

Tené presente que también se incrementó en 2 puntos el adicional por zona desfavorable pasando a ser a partir de Junio’21 del 30%.

Uno por uno cada Aumento de Sueldo de Empleada Doméstica reflejado por categoría.

Ver valores de Sueldo históricos de Empleada doméstica

Sueldo de Empleada Doméstica (Hora y Mes)

¿Cómo se fija el Sueldo de una Empleada Doméstica?

Los valores de los sueldos los fija COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES que está integrada por representantes de:

  • El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social;
  • Del Ministerio de Desarrollo Social;
  • Ministerio de Economía y Finanzas Públicas;
  • Representantes de los empleadores y;
  • Representantes de las trabajadoras y trabajadores.

Esto no quiere decir que entre empleadores y trabajadores de forma individual no puedan pactar una remuneración superior a la del convenio, o que consideren agregarle viáticos, o una gratificación.

Lo que no pueden pactar, es por debajo de la escala salarial que se acuerdan ante la comisión nacional de trabajo en casas particulares.

¿Cuándo hay que pagar el Sueldo de una Empleada Doméstica?

El sueldo se debe pagar en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios.

Se trata de que la empleada doméstica no deba ir sólo para cobrar el sueldo, sino que lo cobre cuando ya está presente en el domicilio donde realiza sus tareas.

Haberes Mensualizados (Sueldo Mensual):

Si le empleada doméstica cobra de forma mensualizada: El cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario;

Haberes por días o por horas (Sueldo Jornalizado):

Si la empleada cobra por jornal o por hora, al finalizar cada jornada, o cada semana, según fuera convenido.

El sueldo se paga en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios

¿Qué quiere decir Modalidad Con Retiro y Sin Retiro?

Con Retiro:

La Modalidad con retiro se refiere a que el trabajador no reside en el lugar donde cumple sus tareas.

Sin Retiro:

Sin Retiro, se refiere a cuando el trabajador vive en el mismo lugar donde realiza su trabajo.

También llamado coloquialmente “cama adentro”

¿Cuándo se cobra por hora y cuando se cobra por mes?

Cuando se trabaje para un mismo empleador 24 horas semanales o más, el sueldo será liquidado considerando el importe mensual (que contempla 48 horas semanales), y se liquida en forma proporcional a la cantidad de horas reales trabajadas.

Cuando se trabaja menos de 24 horas semanales, se toma el valor hora de la tabla y se multiplica por las horas semanales.

Te dejamos el link a la Resolución 1/2020 de la Comisión Nacional de trabajo en casas particulares

¿Cómo se calcula el salario por hora y por mes?

Te mostramos cuál es el criterio que rige, para todas las jurisdicciones donde aplique el convenio que homologa la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares:

Valores de Sueldo Mensuales de Empleada Doméstica:

El sueldo lo debés tomar de las tablas que están más arriba, y tener en cuenta que equivalen a una carga de trabajo de 48 horas semanales.

Buscás la categoría, y la modalidad (Con Retiro o Sin Retiro), y el valor mensual es el haber mínimo que debe cobrar un trabajador bajo el régimen de empleada doméstica.

Esta escala salarial es una referencia para saber cuanto pagarle a una empleada doméstica, pero como te dijimos, es una base. Si las partes se ponen de acuerdo, se puede pagar por encima de dicha escala, nunca por debajo.

Valores Semanales, Diarios y por Hora:

Para quienes trabajan menos de 24 horas semanales, hay que tener en cuenta el valor hora de la categoría y la modalidad (con o sin retiro), que desempeñe la trabajadora, y multiplicarlo por la cantidad de horas trabajadas:

Ejemplo: Una niñera que trabaja 6 horas por semana, con retiro. El sueldo semanal sería:
Buscá en las tablas los haberes vigentes en el mes que te encuentre.

Para quienes trabajan más de 24 horas semanales, pero menos de 48 horas, hay que hacer una regla de tres simple con el valor mensual de cada escala.

Ejemplo: Una empleadad de tareas generales que trabaja 4 horas de lunes a sábados (4 hs x 6 días = 24 horas semanales), el sueldo mensual sería:

¿Dónde se registra el Sueldo de una Empleada Doméstica?

Se registra en el Formulario F102/RT que podés bajarte de nuestras páginas para imprimir.

En esa nota te contamos como se completa y que debe haber dos ejemplares del formulario:

  • Uno para la empleada doméstica
  • Uno para el empleador

Los dos ejemplares deben estar firmados por ambas partes.

¿Dónde declaro si aumentó o cambió el Sueldo de la Empleada?

Lo hace el empleador con su clave fiscal, en el sitio de casas particulares de la AFIP.

Allí se deben actualizar los cambios en la relación laboral, como por ejemplo:

  • Domicilio donde la empleada presta sus servicios
  • Cambios en el sueldo
  • Cambios en la categoría (por ejemplo si pasa de Tareas Generales a Niñera)