Formularios OSPACP

Formularios Obra Social OSPACP

Los formularios de OSPACP para inscribirse y los requisitos, explicados de forma simple rápida.

¿Quién debe realizar el trámite de Inscripción en la Obra Social OSPACP?

El trámite es personal. Esto quiere decir que debe realizarlo la Empleada Doméstica. No lo hace el empleador.

Otra aclaración: No hacen falta gestores, ni intermediarios de ningún tipo y por supuesto no tienen que cobrarte ningún cargo.

Formulario de Inscripción en O.S.P.A.C.P.

Los formularios para inscribirse en la Obra Social son dos: Uno lo llena y lo confecciona el Empleador, y otro el Empleado. Bajátelos haciendo click en las imágenes, o compartilos por Whatsapp.

Más abajo, después de explicar los formularios, te detallamos los demás requisitos (documentación), que tenés que presentar.

Formulario que debe llenar el Empleado (O.S.P.A.C.P.)

Formulario Obra Social Empleada Domestica - Beneficiario

Formulario que debe llenar el Empleador (O.S.P.A.C.P.)

Formulario Obra Social Empleada Domestica - Empleador

¿Cómo se llenan los Formularios de Inscripción? Importante

En la Obra Social de Empleadas Doméstica te piden que el llenado sea Claro y Preciso, y Sin Enmiendas de ningún tipo.

Por lo tanto, te recomendamos llenarlos en Letra Imprenta Mayúscula y si te equivocaste en algún lado, volverlo a hacer, ya que no lo podés llevar NI con Tachaduras, o Borrones o cualquier defecto, porque en caso de hacerlo: te los van a RECHAZAR

No lleves los formularios con tachaduras o borrones porque te los van a rechazar

Obra Social OSPACP

¿Quién firma los formularios de OSPACP?

Los dos formularios deben estar firmados por el Beneficiario y por el Empleador. El beneficiario es la empleada doméstica que va a acceder a la Obra Social. Y el Empleador es la persona que contrata a la empleada doméstica para hacer las tareas.

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Whatsappeá los requisitos
  1. Fotocopias de la constancia de CUIT empleador.
    Si el empleador es trabajador en relación de dependencia, deberá presentar fotocopia de la constancia del número de CUIL o constancia de MONOTRIBUTO.
  2. Fotocopia de alta del Empleador del Servicio Doméstico en la AFIP.
    Esto te lo dieron el día que entraste a trabajar.
  3. 2 FOTOS 4×4 (frente) del empleado.
    Las podés tomar con tu celular, pero deben llevarse impresas.
  4. Los empleados extranjeros que no posean DNI deberán presentar fotocopia de residencia precaria en el país otorgada por migraciones.
  5. Fotocopia del CUIL del empleado.
    SI no sabés de donde sacarlo, clickeá aquí: Ver constancia de CUIL ANSeS
  6. Fotocopia de último aporte (F102/RT o Constancia de pago de aportes).
    Esto lo da el empleador con cada recibo de sueldo
  7. Fotocopia del DNI del empleado.
    No se acepta más el DNI con formato libretita, hay que llevar el que tiene formato ‘tarjeta0
  8. Fotocopia recibo de sueldo según resolución 077/2000 Art. 1° o recibo de pago formulario 102/RT
    El que se usa para liquidar el sueldo todos los meses. Mirá en esta nota los ejemplos de formulario 102/RT

¿Qué sucede si tengo más de un Empleador?

Si trabajás para más de una familia, hacés el trámite una sola vez. Los aportes de todos los empleadores van a ir a tu obra social.

¿Cuánto cuesta la Obra Social de Empleadas Domésticas?

Para el Beneficiario Titular no tiene costo, porque se supone que lo cubren los aportes que le hacen sus empleadores.

Para cada familiar que quieras agregar tiene un costo (el último publicado por OSPACP era de $ 1.041,22 por año en el 2020)

¿Entonces puedo Agregar a mi familia a la obra social de empleadas domésticas?

Claro que sí, al ser una Obra Social, podés agregar a tu Grupo Familiar Primario:

Según la Ley de Obras Sociales N° 23660, el grupo familiar primario es:

  • El cónyuge, y también el concubino (con la documentación que compruebe esta situación).
  • Los hijos solteros hasta los 21 años, no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional, comercial o laboral.
  • Los hijos solteros, mayores de 21 y hasta los 25 años, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular, que cursen estudios regulares, oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente.
  • Los hijos incapacitados a cargo del afiliado titular, sin límite de edad.
  • Los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por la autoridad judicial o administrativa.

¿Y Cuánto pago por cada familiar que agrego?

Por cada integrante que inscribas en la Obra Social, hay que pagar una cuota que en el año 2020 estaba en $1041,22.

Por las dudas, verificá la página de preguntas frecuentes de OSPACP o también www ospacp org ar formularios.

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